1 . Caso Dani Alves. Renuncia a la indemnización por daño moral y psicológico en el proceso penal.

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En la instrucción del caso Dani Alves, se ha producido la renuncia a la Responsabilidad civil (indemnización por daño moral y psicológico) por parte de la supuesta víctima, que repercusión tiene en el proceso penal y la nueva redacción del artículo 122 de la lecrim de la ley del si es si

Responsabilidad civil en los procedimientos penales

En este programa se hablará de la renuncia a la responsabilidad civil de cualquier víctima de agresión sexual (indemnización por daño moral y psicológico), centrándonos en el caso que está a la orden del día que es el de Dani Alves. En él debatimos y exponemos nuestra opinión personal sobre la visión actual de la sociedad de que una víctima de abusos o violencia de género haga uso de su derecho a recibir una indemnización en concepto de responsabilidad civil por el acto tan atroz cometido contra su persona.

Inma comienza abriendo el debate, exponiendo su decepción al hecho de que una víctima quiera renunciar a la responsabilidad civil porque piense que ello pueda condicionar de alguna forma la resolución judicial que pueda derivarse de la comisión de este delito. En otro tipo de delitos lo vemos normal. Si te atropella un coche o si te roban nadie te pone en evidencia, pero si ocurre lo mismo denunciando ser víctima de una agresión sexual, se intenta poner en duda lo que está diciendo.

Por otro lado, en palabras de nuestra otra compañera Mar, expone “firmemente no creo en absoluto que una víctima tenga que renunciar a la responsabilidad civil para ser más creíble en sus declaraciones. Nunca se es más verosímil por renunciar al dinero”.

Además, que hoy por hoy, en nuestro país, las indemnizaciones en concepto de daño moral son irrisorias, porque es imposible demostrar cuantificablemente el daño.

JR expone la cuestión a porque parece ser que cuando una mujer denuncia una violación contra una persona famosa y adinerada, se crea que hay motivos ocultos o espurios de por medio en la denuncia y tiene que justificarse frente a la sociedad sus legítimas motivaciones. Guillermo lo denomina como efecto de la persona conocida o familiar, es decir, tenemos una sensación de conocer a esa persona, lo consideramos simpático, y nos cuesta más creer que es una mala persona. Nos cuesta creer cómo ha podido llegar a eso. Tendemos a defender inconscientemente a la persona que conocemos.

La LO 10/2022, del 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, más comúnmente conocida como la ley del solo si es si, ha introducido una reforma en el articulo 112 Ley Enjuiciamiento Criminal que dispone que:

“Aun cuando se hubiera previamente renunciado a la acción civil, si las consecuencias del delito son mas graves de las que se preveían en el momento de la renuncia, o si la renuncia pudo estar condicionada por la relación de la víctima con alguna de las personas responsables del delito, se podrá revocar la renuncia l ejercicio de la acción civil por resolución judicial, a solicitud de la persona dañada o perjudicada y oídas las partes, siempre y cuando se formule antes del trámite de calificación del delito”.

Este artículo pretende evitar que una víctima renuncie a su derecho a recibir una indemnización por los daños sufridos, y posteriormente, en el curso del procedimiento se arrepienta y quiera volver a reconducir o rehabilitar esta acción siempre que sea antes del trámite de calificación. Puede ser que una víctima haya renunciado en un principio al ejercicio de la acción civil, pero después se puede reconducir o rehabilitar esa acción siempre antes del trámite de calificación.

Todos nosotros coincidimos en que varias veces, ante un procedimiento de divorcio, hemos escuchado la típica frase “no quiero nada del otro”. Pero como abogados que somos, nuestro función es defender a la víctima y hacerle ver que debe luchar por lo que es suyo. Igual ahora no lo necesitas, pero probablemente el día de mañana si, e inconscientemente, apunta nuestra compañera Inma, las víctimas lo único que quieren es terminar el procedimiento cuanto antes y toman decisiones de las cuales más adelante se terminan arrepintiendo.

Los que somos abogados de toda la vida, cuando llega alguien para divorciarse de mutuo acuerdo o en un contencioso, cuantas veces nos han dicho no quiero nada del otro. Una cosa es que no lo quieras ahora pero igual lo necesitas el día de mañana. Nuestra función es defenderle y decirle vamos a luchar por lo que es tuyo. Es tarea de los abogados insistir y luchar y empezar a subir las peticiones de responsabilidad civil en las agresiones.

Además, la compañera Yolanda expone que nos encontramos con una problemática y es ¿cómo cuantificas el daño moral que se provoca a una persona que ha sido agredida sexualmente? Al final debes gastar el dinero en una pericial que tampoco podrá valorar variables como las sesiones terapéuticas, lesiones temporales o permanente para toda la vida.

Con respecto a ello, hay jurisprudencia muy reciente como la sentencia del Tribunal Supremo 995/2022, de 22 de diciembre, sobre agresiones sexuales acontecidas contra menores, en virtual del cual se fija la responsabilidad civil en una cantidad de 5000€, y se aplica una atenuante por reparación del daño, regulado en el art.21.5 CP. Este hecho es muy controvertido, ya que cabe preguntase, ¿cómo se puede decir que la consignación judicial de 5000€ tiene que servir obligatoriamente para aplicar una reparación del daño? Aunque muchas veces 5000, 10.000 o 15.000€ nos pueda parecer una fortuna, en realidad son cantidades ínfimas en comparación con los perjuicios ocasionados que pueden quedar en la mente de la perjudicada de por vida.

Guillermo Plaza os recomienda dos películas muy alabadas por la crítica y a la vez muy duras que exponen la problema actual de nuestra sociedad en relación con los abusos o agresiones sexuales cometidos contra las mujeres:

Esperemos que este programa pueda llegar a mucha gente y cualquier persona que se encuentre en esta situación sepa que tiene derecho a recibir una compensación económica por el daño sufrido, que aunque obviamente no podrá reparar el dolor ocasionado, el día de mañana puede que le sea necesario y es un derecho por el que hay que luchar.

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Publicado por G P E

Buscando un fin constructivo para el desarrollo de nuestra profesión , presentando sistemas de perfeccionamiento de la misma , admitiendo, analizando y valorando todas las ideas que lleguen , siempre intentando actuar con el respeto que el ejercicio en la lucha de la justicia se merece. Mis comentarios pueden variar en base a los argumentos que se reciban en vuestros comentarios.

2 comentarios sobre “1 . Caso Dani Alves. Renuncia a la indemnización por daño moral y psicológico en el proceso penal.

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